A- de 2015
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Natalia Gomez Peña
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación del artículo 286 del Código General del Proceso
- Corregir numeral de la parte resolutiva de la sentencia C-274/13
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se corrige el numeral octavo de la parte resolutiva de la sentencia C-274/13.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- Primero. El numeral
- octavo. de la parte resolutiva de la sentencia C-274 de 2013, quedara asi:
- "
- Octavo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 18, en el entendido que:
- a) La expresion ", en concordancia con lo estipulado por el articulo 24 de la Ley 1437 de 2011" del literal a) del articulo 18 del proyecto, sera remplazada por la norma estatutaria que se expida, de conformidad con lo establecido en la sentencia C-818 de 2011.
- b) La expresion "duracion ilimitada" del literal c) se declara EXEQUIBLE, en el entendido que se sujetara al termino de proteccion legal.
- c) Declarar INEXEQUIBLE la expresion ", asi como los estipulados en el paragrafo del articulo 77 de la Ley 1474 de 2011".
- Segundo. Ordenar a la Relatoria de esta Corporacion, que adjunte copia del presente auto a la sentencia respectiva, con el fin de que sea publicado junto con ella.
- Tercero. Ordenar a la Secretaria General de la Corte, que envie copia del presente auto a todas las autoridades a las que se les comunico la sentencia de la referencia.
- Notifiquese, publiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.